DAÑO LABORAL E INDUSTRIA PETROLERA
En reciente texto publicado por El Nacional, William Anseume
argumenta la necesidad de resarcir el daño laboral en Venezuela de acuerdo a
una amplia y necesaria perspectiva social que ha de explicarse en el contexto
de las condiciones que hagan propicia una transición democrática. Por ello, va
más allá de la Ley Orgánica de Prevención, Condiciones y
Medio Ambiente de Trabajo (LOPCYMAT), circunscrita a las consecuencias derivadas
de los accidentes y enfermedades ocupacionales.
Recordemos, más de veinte
mil empleados de la industria petrolera venezolana fueron despedidos por orden
pública, expresa y espectacularizada de Hugo Chávez en 2002. La nefasta y desproporcionada
medida produjo un daño irreparable a la nación (explicando la grave situación
actual de PDVSA), a los empleados (lesionando la carrera profesional en
distintas áreas del negocio), y al mercado laboral (agigantando el clientelismo
en detrimento de la leal competencia). Luego, hubo un severo daño que
no tuvo que ver con la exposición a agentes químicos altamente nocivos, explosiones
sorpresivas, u otro de los aspectos similares atendidos por la citada ley, sino
con el derecho constitucional, laboral y la normativa internacional
correspondiente.
El regreso automático de
todos los antiguos trabajadores sobrevivientes de PDVSA, no parece fácil de
cambiar la situación y hasta lucirá contraproducente en detrimento de aquellos
que pueden garantizar una mínima continuidad, formados técnica y
profesionalmente por estos años, genuinamente comprometidos con la empresa, claro
está, en contraste con las legiones que la partidizaron criminalmente. Sin
embargo, es justo reconocer que aquellos, los veinte mil trabajadores
despedidos tan injustamente, sufrieron un importante daño patrimonial (prestaciones
sociales, despido injustificado, salarios caídos), moral (públicamente
estigmatizados, pérdida de oportunidades laborales, desprestigio profesional),
y colectivo (violación de la estabilidad laboral y del principio de progresividad
de los derechos laborales), acarreando la responsabilidad del Estado.
Los ingresos extraordinarios
del petróleo podrían invertirse en un programa de reparación
patrimonial directa, social (créditos, salud, vivienda), productiva
(actualización profesional, participación empresarial, títulos valores) y simbólica
(pública reivindicación ciudadana y profesional). A modo de ilustración,
reactivación de las cajas de ahorro, créditos hipotecarios, recuperación del
capital humano calificado, pago indexado de prestaciones, compensación fiscal,
recuperación de la industria de seguros, etc.
Ideas surgidas de un
interesante intercambio de opiniones que tiene como escenario frecuente la sede
de la Asociación de Profesores de la Universidad Simón Bolívar (APUSB), puede superar
algunos aspectos técnicos importantes, como la prescripción de las acciones
laborales, si efectivamente las hubiere, porque hay razones para alegar la
interrupción por violación continua de los derechos humanos, por ejemplo.
Fotografía: Miguel Zambrano /AFP):

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