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sábado, 25 de enero de 2025

Piedad


DE UNA BREVÍSIMA COMPARACIÓN

Luis Barragán

Las redes digitales universalizaron el servicio religioso con el que culminaron las celebraciones oficiales en Washington, por el regreso de Donald Trump al poder. Conmovieron profundamente las palabras de la obispo episcopaliana Mariann Edgar Budde, en demanda de piedad para los inmigrantes e integrantes de la comunidad LGTB+, después de suscritas las órdenes ejecutivas concernientes en la Casa Blanca.

Naturalmente que la intervención de Budde puede suscitar toda suerte de polémicas, respecto a la dramática situación de una inmigración que, por cierto, no se entiende sin la industria del coyotaje; la ideología de género y, en general, la cultura woke; la posibilidad del ejercicio femenino del sacerdocio y la oportunidad de alcanzar la más alta prelatura, en contraste con la Iglesia Católica; la observación que pueda hacerse en relación al denominado lenguaje inclusivo, aunque el DRAE aporta precisión, etc. Sin embargo, importa señalar la hermosa y significativa escena de la obispo dirigiéndose con una extraordinaria serenidad y aplomo al desenfadado Trump que inmediatamente comprendió las solemnes circunstancias del acto, gracias a Dios.

Es el caso, una situación semejante no es posible en este lado del mundo; por lo menos, deben admitirlo los críticos más pertinaces de la democracia estadounidense. Y, constatemos,  no sólo la prelado (*) goza de la autoridad eclesiástica y moral para su llamado, sino de los derechos y garantías constitucionales y legales tan indispensables, contando – ella -  con la libertad de expresarse y – otros - de transmitirla con una amplitud e instantaneidad antes inimaginable.

Por estos predios, ha de presumirse que la religiosa podría protagonizar y, no faltaba más, hasta repetir un mensaje semejante, pues, añadida la de Cuba, la superlegalidad latinoamericana teóricamente lo permite. Huelga comentar el riesgo que ella, o cualquier otra persona, correría, solo con intentarlo.

Probablemente, proyectada más allá de las fronteras, recibirá numerosas invitaciones para visitar sendas instituciones religiosas afines y universidades de distintos países. Claro está, no es de esperar que veamos pronto a la obispo Budde en el nuestro.

(*) La expresión “prelada” está reservada a la persona superior de un convento o comunidad eclesiástica, en la primera acepción del DRE, mientras que, en la siguiente,  “prelado” lo refiere al obispo, entre otras dignidades eclesiástica.

Fotografía: Tomada de la cuentafacebookeana de MEB (https://www.facebook.com/photo/?fbid=104016718054087&set=a.120849733382964). 

Reseña: The Washington Post, 23/01/25.

26/01/2025:

https://www.lapatilla.com/2025/01/26/luis-barragan-de-una-brevisima-comparacion/

Cfr.

https://x.com/Ronxyz00/status/1882108504514961441

https://latinus.us/eu/2025/1/25/no-fue-un-regano-fue-una-suplica-dice-obispa-que-pidio-trump-

compasion-por-los-migrantes-los-ninos-trans-133448.html

https://www.dw.com/es/trump-arremete-contra-la-obispa-que-le-pidi%C3%B3-apiadarse-de-personas-inmigrantes-y-lgtbiq/a-71371444

https://www.youtube.com/watch?v=dW-idcs0wfg

Sermón: https://www.youtube.com/watch?v=xwwaEuDeqM8

domingo, 29 de enero de 2023

Afasia anómica

LA AMARGA LECCIÓN VENEZOLANA

Luis Barragán

En las últimas semanas, hemos notado que las redes digitales también reportan un curioso survey entre los jóvenes españoles. Siendo tan obvia la respuesta, les preguntan si votaron efectivamente por la Constitución de 1978.

            Lo anterior significa que la Constitución de Estados Unidos está abiertamente deslegitimada, ya que tampoco fue consultada en forma directa a todas las generaciones surgidas después de 1787 hasta la presente fecha, y las enmiendas que la actualizaron; por consiguiente, carecen de toda validez. Vale decir,  nunca habrá poder constituido y principio de supremacía constitucional, ya que texto alguno puede ser objeto de reformas, sino que debe suplantarse por completo de generación en generación, añadidos los principios y valores constitucionales.

            Así las cosas, trastocada en una regla,  la convocatoria y prevalencia del poder constituyente dependerá de los factores que la impongan por la fuerza, según convenga.  La invocación de la democracia directa por siempre estará subordinada a la coyuntura y, en todo caso, imaginariamente equivaldrá al llamado poder popular que, en realidad, traduce una democracia cada vez más indirecta hasta hacerse tenebrosamente antidemocrático, como lo aleccionó Kim Il-sung numerosas décadas atrás al pregonar la fórmula, por ejemplo.

            Posiblemente, la carta española necesita de importantes y puntuales reformas, como ocurrió con la venezolana de 1961 y, para ello, trabajó intensamente una comisión de muy alto nivel presidida por Rafael Caldera que generó una propuesta de reconocida factura no sólo política, sino académica. Sin embargo, entre nosotros, prosperó la idea de una asamblea constituyente que produjo la carta de 1999, violentada por el régimen que la concibió e impuso mesiánicamente como fórmula para salvar al país de una horrible conspiración; y, fraudulentamente, hizo algo semejante con otra asamblea en 2017 que tuvo el descaro de no redactar carta alguna, reforzando “legislativamente” a la usurpación.

            Ilustrado recientemente por Chile, la elaboración de una Constitución no puede improvisarse, necesitando de los especialistas que minimicen o resuelvan toda suerte de contradicciones y entuertos.  Asimismo, luce indispensable contar con los oficiantes del derecho constitucional, una disciplina que, por incontables años, ha macerado aquellos principios, normas e instituciones orientados a la realización de valores fundamentales, como la libertad, aunque haya los voceadores de una aparente y radical espontaneidad que hacen de la democracia directa una vulgar coartada.

            La encuesta digital inicialmente comentada, guarda correspondencia con toda una campaña de pedestre manipulación de los más jóvenes entre los ibéricos. Y, faltando poco, la devaluación misma del derecho constitucional, como si fuese una creación exclusiva y excluyente de la academia en un  laboratorio absolutamente aislado y presurizado, sufre de una obscena estigmatización.

            En última instancia, el desconocimiento es con el derecho, con la ciencia jurídica, con el esfuerzo legislativo, con la razón, desembocando en una suerte de afasia anómica.  Y ha de mirar Europa a la América Latina entrampada en los abalorios y dislates constituyentistas de sectores que sólo desean imponer la sinrazón de la fuerza, el capricho, el revanchismo, ofreciendo Venezuela una de las más amargas y prolongadas lecciones.

Ilustración: "Afasia" de Ignasi Aballí .

29/01/2023:

https://guayoyoenletras.net/2023/01/29/la-amarga-leccion-venezolana/

sábado, 9 de julio de 2022

Libreto: "Vas bien Fidel"

CONSTITUCIONALISTAS DE AULA Y DE HECHO

Luis Barragán

Despedido el siglo XX, Venezuela se convirtió en un magnífico laboratorio para Fidel Castro y sus secuaces.  Marcó toda una pauta, ahora, actualizada en países como Chile y que seguramente seguirá Colombia: una constituyente a la medida de los intereses de la nueva oligarquía política que no tardará en hacerse económica.

            En nuestro país, ¿estuvo planteada real y urgentemente una  distinta Constitución? ¿Acaso,  no crearon una poderosísima ilusión en torno a la constituyente como solución ipso facto de todos nuestros problemas? ¿No es deudora la Carta de 1999 de las propuestas de reforma de principios de la década, respecto a sus aspectos más sobrios, coherentes y convincentes? ¿No ha sido persistentemente violentada en más de veinte años? ¿No lo hemos denunciado millones de veces, incluso, en las plenarias del parlamento enfrentado adicionalmente a los palcos (por ejemplo, https://www.youtube.com/watch?v=tnbWq-tA_pQ)?

            Pretendiendo reglar absolutamente toda la vida social, al sur del continente sobresale un proyecto constitucional de más de quinientos artículos que inutiliza la propia existencia del derecho constitucional. Mirando atentamente Castillo del Perú a Boric de Chile, nada, completamente nada, augura un camino diferente al de los venezolanos, cuya voluntad en un referéndum constitucional jamás fue respetada y el régimen implementó su fracasado proyecto en los próximos quince años, sin el menor rubor de quienes lo defienden dentro y fuera de la cátedra, dentro y fuera del país.

            A todas estas, la propia Cuba pasa ilesa y ahí si cabe respetar por completo la autonomía y soberanía de los pueblos para todo constitucionalista de aula o de hecho que, inseguro, cavila sobre el futuro latinoamericano (y caribeño). Desde su origen, la Constitución cubana fue una aberración al jurarse como fruto de la discusión de las organizaciones de base, como si éstas hubiesen existido plural y libremente junto a los medios de comunicación social igualmente libres y plurales;  al respecto, recomendamos un breve texto de opinión suscrito por Amalio Fiallo para El Nacional de Caracas (1976), desafiando la absurda posición asumida  por Luis Beltrán Prieto Figueroa  (https://apuntaje.blogspot.com/2022/07/cuba-la-olvidada.html).

            Todos nos convertimos en constitucionalistas con el simple enunciado de una constituyente, su realización y el parto de una propuesta, perdiendo los  datos fundamentales en torno a la realidad a la que se desea estafar.  A modo de ilustración, por cierto, el debate constituyente venezolano de 1999 estuvo muy lejos de ser ejemplar.   

Captura de pantalla: Plaza de la Revolución, La Habana:  https://www.youtube.com/watch?v=CMViQPGHSjU

10/07/2022:

https://www.lapatilla.com/2022/07/10/luis-barragan-constitucionalistas-de-aula-y-de-hecho/

sábado, 4 de junio de 2022

Ladrillos constitucionales

LA CONSTITUCIÓN DE VENEZUELA Y LA PROPUESTA CONSTITUCIONAL CHILENA: HERRAMIENTAS PARA EL ATRASO

Gustavo Coronel  

Las constituciones latinoamericanas son de interminable longitud. La de Venezuela tiene 350 artículos, la de Bolivia 411 artículos, la de Ecuador 426 artículos y la propuesta para Chile tiene 499 artículos.

En febrero de 2003 la Asociación Internacional de Abogados, con más de 2 millones de miembros en 185 países, definió a la República Bolivariana de Venezuela como “no democrática, carente de Estado de Derecho y violatoria de los derechos humanos de su pueblo”. Para definirla así se basaron en la sistemática violación que hacía el régimen de la Constitución, la cual consideraban extremadamente prescriptiva y de imposible cumplimiento.

La Constitución chavista, de 1999, es la número 25 en la historia de Venezuela y está condenada a ser violada repetidamente, al establecer garantías del Estado que son de imposible cumplimiento, como es el caso de sus artículos 76,78, 80-89,99-101, 104, 108, 110-111 y 117.  Al poco tiempo de ser aprobada, el régimen de Hugo Chávez se había encargado de violar sus artículos 1, 6, 7, 15, 26, 44,47,48, 540, 51, 67, 68,71, 93,95, 107,112, 150, etc. (los detalles de estas y otras violaciones se mencionan en mi libro Venezuela: 1985-2015, una Memoria Ciudadana, páginas 109-110.

Esta Constitución de 1999 “garantiza” a los venezolanos una educación de calidad, un tratamiento igual ante las leyes, la plena salud y la autosuficiencia alimentaria.  Al establecer garantías del Estado que no pueden ser cumplidas, ya sea por insuficiencia financiera, por negligencia, por corrupción o por impotencia, lo que el régimen ha logrado es convertir la Constitución en un documento ridículo, condenándola a ser objeto de ridículo y de incredulidad.

Veamos, por ejemplo, el artículo 85, sobre la salud: “El financiamiento del sistema público nacional de salud es obligación del Estado, que integrará los recursos fiscales, las cotizaciones obligatorias de la seguridad social y cualquier otra fuente de financiamiento que determine la ley. El Estado garantizará un presupuesto para la salud que permita cumplir con los objetivos de la política sanitaria. (subrayado nuestro). La realidad de la salud en Venezuela es muy diferente y el notable contraste entre esa terrible realidad y el texto del documento hace de la Constitución letra muerta, lo cual promueve el irrespeto y la desconfianza de los habitantes en las instituciones.

La absurda Constitución chavista es de una extrema longitud, 350 artículos, una verdadera camisa de fuerza de corte estatista que ata las mejores iniciativas ciudadanas. Sin embargo, su estilo cursi y su obesidad han ganado adeptos entre los líderes ñángaras de la región, quienes miden la sabiduría en kilos.

La propuesta de Constitución para Chile 

Inspirada en los ladrillos constitucionales de Venezuela, Ecuador y Bolivia, Chile ha estructurado una propuesta de Constitución que, en varios aspectos, supera en insensatez a la Constitución chavista de 1999, aunque, al menos, se abstiene de “garantizar”, como lo hace la Constitución de Chávez, lo que el estrado no puede garantizar o cumplir. Con más cautela, la propuesta chilena apenas habla de promover y respaldar derechos, sin garantizarlos. En Venezuela el Estado garantiza plenas alimentación, salud, educación, empleo, atención especial a los ancianos y todo aquello que simplemente no existe en la Venezuela de hoy.

La propuesta chilena habla profusamente de derechos, pero no de deberes 

Aunque por definición una Constitución es un contrato social en el cual se estipulan derechos ciudadanos, pero también deberes, la propuesta chilena de 499 artículos es un océano de derechos y ni siquiera un pequeño arroyo de deberes, un inmenso tapiz en el cual se presentan dictados en yuxtaposición y de manera bastante atropellada sobre los aspectos más diversos de la vida nacional: tribunales, comunas, pueblos indígenas, sin sistema aparente.

Según esta propuesta chilena todos los órganos colegiados del Estado, los órganos autónomos constitucionales y los órganos superiores y directivos de la Administración, así como los directorios de las empresas públicas y semipúblicas, deberán tener una composición paritaria que asegure que, al menos, 50% de sus integrantes sean mujeres. Asimismo, el Estado adoptará medidas para la representación de diversidades y disidencias de género a través del mecanismo que establezca la ley. Los procesos de selección de los mejores quedan totalmente supeditados a rígidas cuotas de participación.

Según la propuesta Chile sería un Estado Plurinacional e Intercultural que reconoce la preexistencia y coexistencia de diversas naciones y pueblos en el marco de la unidad del Estado. Son pueblos y naciones indígenas preexistentes los Mapuche, Aimara, Rapa Nui, Lickanantay, Quechua, Colla, Diaguita, Chango, Kawashkar, Yaghan, Selk’nam y otros que puedan ser reconocidos en la forma que establezca la ley. Los pueblos y naciones indígenas preexistentes y sus miembros tienen derecho a su autonomía y autogobierno, a su propia cultura, a la identidad y cosmovisión, al patrimonio y la lengua, al reconocimiento de sus tierras, territorios, la protección del territorio marítimo, de la naturaleza en su dimensión material e inmaterial y al especial vínculo que mantienen con estos, a la cooperación e integración, al reconocimiento de sus instituciones, jurisdicciones y autoridades propias o tradicionales y a participar plenamente, si así lo desean, en la vida política, económica, social y cultural del Estado. Chile vendría a ser un agregado de mini-estados, más que una nación. Más que una nación pluricultural se convertiría en un pastiche de culturas que pueden coexistir en compartimientos estancos, sin fundirse en un concepto integrado de nación y sin que sus miembros tengan el deber de participar en la vida nacional.

El lenguaje utilizado en el documento es el muy cursi de género, llevado al extremo: diputados y diputadas… Presidentes y presidentas… Ministros y ministras, jueces y juezas, las y los, la y lo, etc…

Hay aspectos que parecen contradictorios. Mientras solo mediante una ley se pueden tomar importantes decisiones para la nación, se agrega que el presidente (o presidenta) podrá emitir decretos con fuerza de ley con la autorización del Congreso, el cual pudiera estar controlado por él (o ella), en cuyo caso estaríamos frente a una clara posibilidad de dictadura constitucional.

En algunos casos la propuesta chilena va tan lejos como la Constitución chavista, como cuando garantiza financiamiento suficiente para proveer de servicios públicos universales y de  calidad a todas las personas que habiten en su territorio, una garantía imposible de cumplir.

Comentar en detalle esta frondosa propuesta de 499 artículos tomaría demasiado espacio. Puede afirmarse, por lo que podemos ver, que ella se inscribe en la inflada tradición verbosa y retórica latinoamericana, deseosa de regular constitucionalmente los aspectos más nimios de la vida nacional.

Ello los convierte en documentos inservibles para servir de guías efectivas para la nación, cuando no claramente contraproducentes al desarrollo. El pueblo les ha perdido respeto y se burla de su carta magna.

Así ha sucedido con la Constitución chavista y así amenaza ocurrir con la propuesta chilena.

Reproducción: https://twitter.com/luisbarraganj/status/1532712478748049408

03/06/2022:

https://www.elnacional.com/opinion/la-constitucion-de-venezuela-y-la-propuesta-constitucional-chilena-herramientas-para-el-atraso

Narrador

  https://www.youtube.com/watch?v=4SJWVmLKTlY